La Continuación Facultativa es un derecho otorgado por la Ley del Seguro Social y su Reglamento a los trabajadores que deseen continuar cotizando al Seguro Social particularmente, sin estar vinculado a una empresa u organismo.
Requisitos:
El derecho a solicitar la continuación facultativa depende del asegurado siempre y cuando lo solicite. (Art.6 LSS)
Trabajadores No Dependiente
Los trabajadores y trabajadoras no dependientes podrán inscribirse en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales y adquirirán la situación de asegurados y aseguradas con derecho a todas las prestaciones.
Requisitos:
Nota: Estas cotizaciones las deberá pagar mensualmente y de demorarse en el pago por más de un mes, podrá continuar cotizando una vez que realice su cancelación por la cuota requerida.