La Prestación Dineraria por Pérdida Involuntaria del Empleo se encuentra regulada por la Ley del Régimen Prestacional de Empleo, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, número 38.281 de fecha 27 de Septiembre de 2005. Dicho beneficio consiste en el pago de una prestación dineraria mensual hasta por cinco (5) meses, equivalente al 60% del monto resultante de promediar el salario mensual utilizado para calcular las cotizaciones durante los últimos 12 meses de trabajo anteriores a la cesantía, para los obreros y empleados tanto del sector público como del sector privado, cotizantes al Régimen Prestacional de Empleo que hayan terminado su relación laboral por las causas tipificadas en la Ley.

Pasos a seguir para solicitar la Prestación Dineraria por Pérdida Involuntaria del Empleo:

  1. El trabajador cesante debe hacer la solicitud para la calificación del beneficio dentro de los sesenta días continuos siguientes a la terminación de la relación de trabajo. Art. 36 Ley del Régimen Prestacional de Empleo.
  2. Para formalizar su solicitud debe dirigirse a la Caja Regional del IVSS, Unidad de Paro Forzoso, mas cercana a su domicilio y presentar en original y 2 copias los siguientes recaudos:
    • Participación de Retiro del trabajador (F: 14-03)
    • Liquidación de Prestaciones Sociales.
    • Carta de Despido, Oficio de Remoción o Destitución (en el caso de los Empleados Públicos), Contrato de Residencia o Constancia de Culminación de la misma (Médicos Residentes).
    • Fotocopia de la Cédula de Identidad.
    • Constancia de Inscripción en el Servicio Nacional de Empleo, la cual se tramita ante las oficinas del Ministerio del Trabajo.

Nota Importante:

  • En caso de no tener los recaudos completos, el trabajador cesante podrá igualmente realizar la solicitud, debiendo hacerla en el tiempo legalmente establecido, consignando los soportes que tenga disponible y se le dará un plazo adicional al establecido en la Ley del Régimen Prestacional de Empleo para hacer la solicitud a fin de completar el expediente. Una vez completado el mismo con los recaudos faltantes se le dará curso a su solicitud.
  • Los trabajadores cesantes que hayan demandado por Reenganche y Pago de Salarios Caídos ante los Tribunales Laborales o se hayan amparado ante las Inspectorías del Trabajo por la misma causa, se les informa que igualmente deberán hacer su solicitud dentro del plazo legalmente establecido en el artículo 36 de la Ley del Régimen Prestacional de Empleo, so pena de extemporaneidad.

Requisitos que deberán consignar los Trabajadores Cesantes ya calificados como Beneficiarios de la Prestación Dineraria que no puedan cobrar personalmente.

Beneficiarios que hayan salido del país:

  • Copia de la Cédula de Identidad del beneficiario.
  • Original y Copia Poder Notariado. Si fue otorgado en el exterior, deberá ser autenticado ante el Consulado Venezolano en el país respectivo.
  • Copia de la Cédula de Identidad del Apoderado.
  • Copia del Pasaporte completo y legible donde se reflejen los sellos de entrada y salida del país.
  • Copia del comprobante de solicitud de la Prestación Dineraria y F:14-03.

Beneficiarios que hayan salido del país por razones de salud o chequeo médico:

  • Copia de la Cédula de Identidad del beneficiario.
  • Original y Copia Poder Notariado. Si fue otorgado en el exterior, deberá ser autenticado ante el Consulado Venezolano en el país respectivo.
  • Copia de la Cédula de Identidad del Apoderado.
  • Original del Informe Médico sellado y firmado por el médico tratante.
  • Copia del comprobante de solicitud de la Prestación Dineraria y F:14-03.

Beneficiarios que hayan salido del país por razones de estudio:

  • Copia de la Cédula de Identidad del beneficiario.
  • Original y Copia Poder Notariado. Si fue otorgado en el exterior, deberá ser autenticado ante el Consulado Venezolano en el país respectivo.
  • Copia de la Cédula de Identidad del Apoderado.
  • Original de la Constancia de Estudio.
  • Copia del comprobante de solicitud de la Prestación Dineraria y F:14-03.

Beneficiarios Fallecidos:

  • Original y Copia del expediente completo de la Declaración de Únicos y Universales Herederos, tramitada ante el Tribunal.
  • Copia Legible de la Cédula de Identidad del Beneficiario fallecido y todos sus herederos. En el caso de menores de edad copia de las Partidas de Nacimiento.
  • Copia del comprobante de solicitud de la Prestación Dineraria y F:14-03.

Nota Importante: Todos los requisitos deberán ser consignados ante la Unidad Administrativa de Paro Forzoso antes del proceso de pago correspondiente o dentro de los primeros cinco (5) del pago del mismo, a fin de ser remitidos a la Dirección General del Seguro de Paro Forzoso.

Recuerde que todos los trámites a realizar en el IVSS son gratuitos.